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La tenencia de mascotas en conjuntos residenciales siempre ha sido un tema de debate en este tipo de propiedades. Además, es un tema importante para definir por el consejo de administración y asamblea de copropietarios del conjunto.
En esta publicación te contaremos lo que dice la ley acerca de la tenencia de mascotas, y cuáles son las iniciativas que se pueden implementar. Todo esto para mantener una sana convivencia en tu conjunto residencial.
No. La sentencia T035 de la Corte Constitucional de 1997 sostiene que la tenencia de mascotas es “parte del derecho al desarrollo de la personalidad y a la intimidad personal y familiar”.
En otras palabras, las personas son libres de tener mascotas en cualquier inmueble de propiedad horizontal. Tampoco es posible estipular un límite máximo de mascotas permitidas.
Sin embargo, el hecho de que no se pueda prohibir la tenencia de mascotas, no quiere decir que no se deben estipular reglas y normativas internas. Esto para mantener una sana convivencia y calidad de vida con todos los habitantes de la propiedad horizontal.
Importante: Al arrendar una propiedad para vivienda, los propietarios no pueden prohibir la tenencia de mascotas. No obstante, se pueden tener cláusulas especiales y acordar diferentes reglas con el fin de proteger el inmueble y tener una sana relación.
En Colombia, no es posible prohibir la tenencia de mascotas en conjuntos residenciales. La asamblea y el consejo únicamente pueden establecer reglas para la sana convivencia.
Está permitido crear sanciones para los residentes o propietarios que incumplan con las reglas estipuladas. Sin embargo, es muy importante mencionar que estas multas se estipulan por la asamblea y el consejo del conjunto, más no por el administrador de la propiedad horizontal.
Aunque cada propiedad es una entidad particular, al momento de implementar las reglas, es muy importante que estas normativas no violen en ninguna instancia lo regulado por la Ley.
Por ejemplo, la Ley 2054 de 2020 establece que “no podrá prohibirse el tránsito y permanencia de mascotas en zonas comunes de conjuntos residenciales”. Entonces, aquellos conjuntos que tienen restricciones para la circulación de mascotas por las áreas comunes, deben actualizar su manual de convivencia.
En ese sentido, para regular la tenencia de mascotas en una forma que no vulnere los derechos de tener mascotas ni la seguridad de los habitantes y copropietarios del conjunto residencial, los consejos y asambleas pueden basarse en el Código de la Policía. Allí, se establecen las reglas primordiales para una buena convivencia con mascotas.
El Código de Policía, establece en sus capítulos II y III las medidas relacionadas a la sana convivencia de animales de compañía.
Estas son algunas de las mejores medidas que deben ser revisadas y aplicadas por los administradores de conjuntos residenciales para tener una buena convivencia entre propietarios de mascotas y sus vecinos:
El código establece que en espacios públicos, zonas comunes y transporte público, las mascotas deben estar aseguradas con correa. En el caso de los animales de raza denominada peligrosa, deben llevar bozal. Los gatos deben ir en guacales o maletas especiales para ellos.
No está permitido que las mascotas deambulen por los espacios públicos solos. Siempre deben estar acompañados.
El no recoger los excrementos de la mascota puede acarrear multas y sanciones dentro y fuera de la propiedad horizontal.
El propietario de la mascota es el responsable por cualquier daño o inconveniente que haga su mascota. Ya sea a otra mascota, a otras personas o a sus bienes. Por ejemplo, si la mascota daña los muebles de un vecino o causa heridas a otras mascotas, el dueño es el responsable.
En Colombia existe una clasificación de ciertas razas de perros denominadas como “Potencialmente peligrosas” o de manejo especial. Para este grupo de razas existe una normativa adicional a la anteriormente mencionada:
Es muy importante que las reglas de convivencia que incluyan mascotas en conjuntos residenciales no atenten de ninguna manera con lo estipulado por la Sentencia T 035. De lo contrario, los habitantes de la propiedad horizontal están en todo su derecho de presentar derechos de petición y tutelas, que pueden llegar a ser proceso jurídicos más largos.
Además de velar por la sana convivencia con las mascotas en conjuntos residenciales, también es responsabilidad de la administración y consejo comunal velar por el bienestar de los animales en caso de reconocerlos en maltrato como:
Si quieres saber más sobre la responsabilidad con las mascotas en conjuntos residenciales, te puedes remitir a:
Las mascotas en conjuntos residenciales siempre han sido un tema de debate. Como administrador o administradora, es muy importante evitar los conflictos relacionados a este tema fomentando la tenencia de forma responsable, y estipulando una normativa clara y justa sobre lo que es permitido dentro del espacio común.
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