Los seguros de viaje en navidad son indispensables para garantizar un viaje de fin de año sin problemas ni grandes gastos...
Desistir de la compra de una vivienda puede ser una decisión difícil, pero en ciertos casos, es la opción más...
Lo fundamental para vivir en armonía en una copropiedad es cumplir con los acuerdos y el reglamento. Uno de los temas que suele ser crucial entre algunos vecinos es el consumo de tabaco o estupefacientes. Por eso, en esta entrada te contaremos cómo se reglamenta fumar en propiedad horizontal.
La Ley 1335 de 2009 (o Ley Antitabaco) empezó a regir desde el 21 de julio de 2009 con el propósito de garantizar el derecho a la salud de la población. Su intención central es proteger a los niños, niñas y adolescentes del consumo del tabaco y la exposición al humo del cigarrillo.
En esta se disponen diferentes medidas para garantizar los derechos de los no fumadores frente al consumo de tabaco. Algunas de ellas son:
"La Ley Antitabaco dispone derechos para los no fumadores así como especificaciones para los espacios libres de humo 🚭 Tenlos en cuenta para vivir armónicamente en propiedad horizontal."
Los lugares en los que no puede consumirse tabaco se caracterizan por ser áreas cerradas o en donde se hagan eventos masivos. Asimismo, son sitios que frecuentan menores de edad, como el transporte público y espacios deportivos. Aquí te listamos los que más se suelen frecuentar:
Ten en cuenta que las autoridades sanitarias, de seguridad, los dueños y administradores de los lugares deberán velar por el cumplimiento de esta Ley para evitar que haya personas que deseen fumar en propiedad horizontal o de lo contrario se verán sujetos a sanciones y multas.
Los habitantes y administradores de conjuntos residenciales tienen que tener en cuenta que todas las zonas comunes deben estar libres de humo. Está prohibido fumar en propiedad horizontal en lugares como pasillos, zonas verdes o de juegos, salones sociales, porterías, sótanos, parqueaderos, entre otros. Incluso si el reglamento interno no lo contempla.
Así se estipula en el artículo 74 de la Ley 675 de 2001 o Ley de Propiedad Horizontal. En la que se menciona la prohibición de olores, partículas u otros elementos que trascienden al exterior que afecten los niveles tolerables para la convivencia y la funcionalidad requerida en las Unidades Inmobiliarias Cerradas.
Los administradores tienen el deber de hacer cumplir la Ley Antitabaco en la Propiedad Horizontal. Según el artículo 20 de Ley 1335 de 2009, ellos son responsables de:
A. Velar por el cumplimiento de las prohibiciones establecidas en la citada ley con el fin de proteger a las personas de la exposición del humo de tabaco ambiental.
B. Fijar en un lugar visible al público avisos que contengan mensajes alusivos a los ambientes libres de humo, conforme a la reglamentación que expida el Ministerio de la Protección Social.
C. Adoptar medidas específicas razonables a fin de disuadir a las personas de que fumen en el lugar, tales como pedir a la persona que no fume, interrumpir el servicio, pedirle que abandone el local o ponerse en contacto con la autoridad competente.
Las multas que se encuentran especificadas en la Ley, relacionadas con espacios de propiedad horizontal son:
No solamente existen sanciones para quienes persistan en fumar en propiedad horizontal. En caso de que los administradores no hagan cumplir la Ley, para ellos también habrá sanciones.
Lo siguiente se dispone en el artículo 31 de la Ley 1335 de 2009:
“Además de las medidas sanitarias, preventivas, de seguridad y de control para las que están facultadas las autoridades sanitarias y de policía, la violación de las prohibiciones y obligaciones de que tratan los artículos 19 y 20 de la presente ley por parte de los propietarios, empleadores, representantes legales y administradores será sancionada por el Alcalde respectivo con alguna o algunas de las siguientes sanciones:
Para la aplicación de estas sanciones se seguirá el procedimiento previsto en el Código Contencioso Administrativo”.
"Los administradores de los conjuntos residenciales serán los encargados de velar por el bienestar de todos los habitantes. Deberán conocer la ley y exigir que los espacios libres de humo se respeten."
Por último, recuerda que entre los derechos de quienes deciden no fumar en propiedad horizontal están:
Después de haber hecho un recorrido por lo que dispone la ley, queremos que tengas en cuenta que no se puede fumar en los espacios comunes de los conjuntos. Sin embargo, aunque no hay una regulación que contemple fumar adentro de los apartamentos, no se debe afectar la convivencia entre los vecinos. El principio de vivir en propiedad horizontal es mantener el bienestar de todos sus integrantes.
Recuerda que somos tus asesores de seguros de confianza, así que si tienes alguna pregunta sobre copropiedades, te podemos brindar asesoría gratuita. No dudes en contactarnos.
Lo fundamental para vivir en armonía en una copropiedad es cumplir con los acuerdos y el reglamento. Uno de los temas que suele ser crucial entre algunos vecinos es el consumo de tabaco o estupefacientes. Por eso, en esta entrada te contaremos cómo se reglamenta fumar en propiedad horizontal.
La Ley 1335 de 2009 (o Ley Antitabaco) empezó a regir desde el 21 de julio de 2009 con el propósito de garantizar el derecho a la salud de la población. Su intención central es proteger a los niños, niñas y adolescentes del consumo del tabaco y la exposición al humo del cigarrillo.
En esta se disponen diferentes medidas para garantizar los derechos de los no fumadores frente al consumo de tabaco. Algunas de ellas son:
"La Ley Antitabaco dispone derechos para los no fumadores así como especificaciones para los espacios libres de humo 🚭 Tenlos en cuenta para vivir armónicamente en propiedad horizontal."
Los lugares en los que no puede consumirse tabaco se caracterizan por ser áreas cerradas o en donde se hagan eventos masivos. Asimismo, son sitios que frecuentan menores de edad, como el transporte público y espacios deportivos. Aquí te listamos los que más se suelen frecuentar:
Ten en cuenta que las autoridades sanitarias, de seguridad, los dueños y administradores de los lugares deberán velar por el cumplimiento de esta Ley para evitar que haya personas que deseen fumar en propiedad horizontal o de lo contrario se verán sujetos a sanciones y multas.
Los habitantes y administradores de conjuntos residenciales tienen que tener en cuenta que todas las zonas comunes deben estar libres de humo. Está prohibido fumar en propiedad horizontal en lugares como pasillos, zonas verdes o de juegos, salones sociales, porterías, sótanos, parqueaderos, entre otros. Incluso si el reglamento interno no lo contempla.
Así se estipula en el artículo 74 de la Ley 675 de 2001 o Ley de Propiedad Horizontal. En la que se menciona la prohibición de olores, partículas u otros elementos que trascienden al exterior que afecten los niveles tolerables para la convivencia y la funcionalidad requerida en las Unidades Inmobiliarias Cerradas.
Los administradores tienen el deber de hacer cumplir la Ley Antitabaco en la Propiedad Horizontal. Según el artículo 20 de Ley 1335 de 2009, ellos son responsables de:
A. Velar por el cumplimiento de las prohibiciones establecidas en la citada ley con el fin de proteger a las personas de la exposición del humo de tabaco ambiental.
B. Fijar en un lugar visible al público avisos que contengan mensajes alusivos a los ambientes libres de humo, conforme a la reglamentación que expida el Ministerio de la Protección Social.
C. Adoptar medidas específicas razonables a fin de disuadir a las personas de que fumen en el lugar, tales como pedir a la persona que no fume, interrumpir el servicio, pedirle que abandone el local o ponerse en contacto con la autoridad competente.
Las multas que se encuentran especificadas en la Ley, relacionadas con espacios de propiedad horizontal son:
No solamente existen sanciones para quienes persistan en fumar en propiedad horizontal. En caso de que los administradores no hagan cumplir la Ley, para ellos también habrá sanciones.
Lo siguiente se dispone en el artículo 31 de la Ley 1335 de 2009:
“Además de las medidas sanitarias, preventivas, de seguridad y de control para las que están facultadas las autoridades sanitarias y de policía, la violación de las prohibiciones y obligaciones de que tratan los artículos 19 y 20 de la presente ley por parte de los propietarios, empleadores, representantes legales y administradores será sancionada por el Alcalde respectivo con alguna o algunas de las siguientes sanciones:
Para la aplicación de estas sanciones se seguirá el procedimiento previsto en el Código Contencioso Administrativo”.
"Los administradores de los conjuntos residenciales serán los encargados de velar por el bienestar de todos los habitantes. Deberán conocer la ley y exigir que los espacios libres de humo se respeten."
Por último, recuerda que entre los derechos de quienes deciden no fumar en propiedad horizontal están:
Después de haber hecho un recorrido por lo que dispone la ley, queremos que tengas en cuenta que no se puede fumar en los espacios comunes de los conjuntos. Sin embargo, aunque no hay una regulación que contemple fumar adentro de los apartamentos, no se debe afectar la convivencia entre los vecinos. El principio de vivir en propiedad horizontal es mantener el bienestar de todos sus integrantes.
Recuerda que somos tus asesores de seguros de confianza, así que si tienes alguna pregunta sobre copropiedades, te podemos brindar asesoría gratuita. No dudes en contactarnos.
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