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Un revisor fiscal es un profesional en contaduría pública con funciones para dar fe sobre los estados financieros de una empresa. Un revisor fiscal en propiedad horizontal tiene unas funciones y condiciones especiales que queremos que conozcas a continuación.
La función de un revisor fiscal radica en validar informes, dar conceptos y observaciones para promover el buen funcionamiento de una empresa. Lo hace mediante exámenes del sistema financiero y una auditoria. Entonces, el resultado es un concepto ajeno a la empresa de sus estados financieros y el sistema de control de la organización.
En primer lugar, en propiedad horizontal la función principal que tiene un revisor es inspeccionar y vigilar la copropiedad a partir de velar por el cumplimiento de las leyes, las normas y las decisiones del órgano administrativo. Mediante su auditoría dará fe pública al respecto.
Según la Ley 675 de 2001, Artículo 57, es el encargado del control de las distintas operaciones de la persona jurídica. Además, le corresponde ejercer las funciones previstas en la Ley 43 de 1990 o en las disposiciones que la modifiquen, adicionen o complementen.
En la publicación 0896 del 5 de noviembre de 2020, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) específica las funciones del revisor fiscal en propiedad horizontal.
Todas las operaciones que se realicen por cuenta de la copropiedad deben estar ajustadas a las normativas y lineamientos de los estatutos, a las decisiones de la asamblea general y del consejo de administración.
Informar de forma oportuna y por escrito a la asamblea, al consejo de administración o al administrador, según el caso, de cualquier irregularidad que ocurran en el funcionamiento de la copropiedad.
Una de las funciones más importantes de un revisor fiscal en propiedad horizontal es verificar la contabilidad. En este sentido, el revisor debe velar porque la contabilidad se lleve de forma regular y de manera correcta.
Asimismo, debe verificar las actas de las reuniones de la asamblea y del consejo de administración. Es el responsable de vigilar que todos los documentos y comprobantes se converven y se archiven de forma adecuada.
Gracias a la inspección, podrá tomar oportunamente cualquier medida de conservación o seguridad de los mismos o de la propiedad administrada.
"El revisor fiscal en propiedad horizontal se encargará de velar para que se lleve la contabilidad correctamente, informar sobre irregularidades y reportar a las entidades pertinentes, entre otras funciones que ayudarán al bienestar del conjunto residencial."
La obligatoriedad de un revisor fiscal depende del tipo de propiedad horizontal. Si esta es para uso comercial o mixto, o posee al menos un local para uso comercial, sí es de carácter obligatorio su nombramiento. Cuando se trata de una propiedad con uso residencial, dependerá de la Asamblea de Propietarios su nombramiento.
Según el artículo 30 de la Ley 675 de 2001, el nombramiento lo hará la Asamblea General de propietarios:
“Artículo 38. Naturaleza y funciones. La asamblea general de propietarios es el órgano de dirección de la persona jurídica que surge por mandato de esta ley, y tendrá como funciones básicas las siguientes:
(…) Elegir y remover los miembros del consejo de administración y, cuando exista, al Revisor Fiscal y su suplente, para los períodos establecidos en el reglamento de propiedad horizontal, que, en su defecto, será de un año”.
Luego de elegir al revisor fiscal se registrará en el acta de la asamblea y es necesario que el revisor adjunte su firma aceptando el nombramiento. También firmarán el presidente de la asamblea y el secretario nombrado. Su periodo de ejercicio también se establecerá en el reglamento de la propiedad horizontal. Si no se hace, su período será de un año con posibilidad de ser reelegido de forma indefinida.
El CTCP, en el Concepto 307 de 2017, se aconseja rotar a las personas que adelanten la función de revisor fiscal de la copropiedad por lo menos cada 5 años.
Debe tenerse en cuenta que debe ser un contador público con tarjeta profesional vigente. Para los conjuntos de uso comercial o mixto, quien se nombre no puede ser propietario ni arrendatario de ningún bien dentro de la propiedad.
En propiedad residencial sí puede nombrarse un contador público que sea propietario, claro está que debe poseer su tarjeta profesional vigente.
Además, según el artículo 56 de la Ley 675 de 2001 el revisor fiscal no puede:
"En propiedad horizontal, un revisor fiscal no puede tener conflicto de intereses al ser elegido, al ser el veedor de recursos comunes."
En conclusión, la elección de revisor fiscal en propiedad horizontal es una garantía de que los estados financieros se encuentran en condiciones óptimas. En Pérez Lara, además de brindarte las mejores opciones en seguros de copropiedad, te ofrecemos asesoría y acompañamiento en los diferentes aspectos relacionados con el correcto funcionamiento de tu conjunto.
Un revisor fiscal es un profesional en contaduría pública con funciones para dar fe sobre los estados financieros de una empresa. Un revisor fiscal en propiedad horizontal tiene unas funciones y condiciones especiales que queremos que conozcas a continuación.
La función de un revisor fiscal radica en validar informes, dar conceptos y observaciones para promover el buen funcionamiento de una empresa. Lo hace mediante exámenes del sistema financiero y una auditoria. Entonces, el resultado es un concepto ajeno a la empresa de sus estados financieros y el sistema de control de la organización.
En primer lugar, en propiedad horizontal la función principal que tiene un revisor es inspeccionar y vigilar la copropiedad a partir de velar por el cumplimiento de las leyes, las normas y las decisiones del órgano administrativo. Mediante su auditoría dará fe pública al respecto.
Según la Ley 675 de 2001, Artículo 57, es el encargado del control de las distintas operaciones de la persona jurídica. Además, le corresponde ejercer las funciones previstas en la Ley 43 de 1990 o en las disposiciones que la modifiquen, adicionen o complementen.
En la publicación 0896 del 5 de noviembre de 2020, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) específica las funciones del revisor fiscal en propiedad horizontal.
Todas las operaciones que se realicen por cuenta de la copropiedad deben estar ajustadas a las normativas y lineamientos de los estatutos, a las decisiones de la asamblea general y del consejo de administración.
Informar de forma oportuna y por escrito a la asamblea, al consejo de administración o al administrador, según el caso, de cualquier irregularidad que ocurran en el funcionamiento de la copropiedad.
Una de las funciones más importantes de un revisor fiscal en propiedad horizontal es verificar la contabilidad. En este sentido, el revisor debe velar porque la contabilidad se lleve de forma regular y de manera correcta.
Asimismo, debe verificar las actas de las reuniones de la asamblea y del consejo de administración. Es el responsable de vigilar que todos los documentos y comprobantes se converven y se archiven de forma adecuada.
Gracias a la inspección, podrá tomar oportunamente cualquier medida de conservación o seguridad de los mismos o de la propiedad administrada.
"El revisor fiscal en propiedad horizontal se encargará de velar para que se lleve la contabilidad correctamente, informar sobre irregularidades y reportar a las entidades pertinentes, entre otras funciones que ayudarán al bienestar del conjunto residencial."
La obligatoriedad de un revisor fiscal depende del tipo de propiedad horizontal. Si esta es para uso comercial o mixto, o posee al menos un local para uso comercial, sí es de carácter obligatorio su nombramiento. Cuando se trata de una propiedad con uso residencial, dependerá de la Asamblea de Propietarios su nombramiento.
Según el artículo 30 de la Ley 675 de 2001, el nombramiento lo hará la Asamblea General de propietarios:
“Artículo 38. Naturaleza y funciones. La asamblea general de propietarios es el órgano de dirección de la persona jurídica que surge por mandato de esta ley, y tendrá como funciones básicas las siguientes:
(…) Elegir y remover los miembros del consejo de administración y, cuando exista, al Revisor Fiscal y su suplente, para los períodos establecidos en el reglamento de propiedad horizontal, que, en su defecto, será de un año”.
Luego de elegir al revisor fiscal se registrará en el acta de la asamblea y es necesario que el revisor adjunte su firma aceptando el nombramiento. También firmarán el presidente de la asamblea y el secretario nombrado. Su periodo de ejercicio también se establecerá en el reglamento de la propiedad horizontal. Si no se hace, su período será de un año con posibilidad de ser reelegido de forma indefinida.
El CTCP, en el Concepto 307 de 2017, se aconseja rotar a las personas que adelanten la función de revisor fiscal de la copropiedad por lo menos cada 5 años.
Debe tenerse en cuenta que debe ser un contador público con tarjeta profesional vigente. Para los conjuntos de uso comercial o mixto, quien se nombre no puede ser propietario ni arrendatario de ningún bien dentro de la propiedad.
En propiedad residencial sí puede nombrarse un contador público que sea propietario, claro está que debe poseer su tarjeta profesional vigente.
Además, según el artículo 56 de la Ley 675 de 2001 el revisor fiscal no puede:
"En propiedad horizontal, un revisor fiscal no puede tener conflicto de intereses al ser elegido, al ser el veedor de recursos comunes."
En conclusión, la elección de revisor fiscal en propiedad horizontal es una garantía de que los estados financieros se encuentran en condiciones óptimas. En Pérez Lara, además de brindarte las mejores opciones en seguros de copropiedad, te ofrecemos asesoría y acompañamiento en los diferentes aspectos relacionados con el correcto funcionamiento de tu conjunto.
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