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Todo sobre seguros

Libre elección en la contratación de seguros para créditos

By María Fernanda Pérez Jiménez  Published On 27/10/2022

Ya te hemos contado que uno de los errores más frecuentes al adquirir un crédito es aceptar los seguros que vienen con el crédito del banco y no compararlos con los del mercado. Pero como consumidor tienes que saber que tu derecho es la libre elección en la contratación de seguros.

Lo primero que te explicaremos es que un seguro es una garantía para el banco. Así como el dinero se hereda, las deudas también. Entonces, las entidades financieras buscan que bajo cualquier circunstancia el crédito sea pagado por el solicitante. Pero la norma de exigir un seguro depende de las políticas y necesidades de la entidad financiera.

En esta entrada conocerás más sobre cuáles son los seguros obligatorios y qué libertad de elección en la contratación de seguros por cuenta de deudores.

 

En este contenido aprenderás:

 

¿Cuándo el seguro es obligatorio?

 

Por un lado, si tu caso es que tienes un crédito de cuota fija, como el hipotecario, de libre inversión, para vehículo o libranza es muy posible que requieras un seguro de vida obligatorio por política del banco. Por otro lado, en los créditos hipotecarios y el leasing habitacional, el seguro de incendio y terremoto es obligatorio por ley.

Por ejemplo, en el artículo 101 del capítulo 15 del Estatuto Financiero, se establece que en el caso de los inmuebles hipotecados, al ser propiedad del banco, se deben asegurar contra incendio o terremoto, en su parte destructible, por su valor comercial y durante la vigencia del crédito.

 
Libre elección en seguros para créditos hipotecarios
 

En el caso de los contratos de leasing habitacional también se exigen pólizas. El inmueble obligatoriamente debe estar amparado contra incendio y terremoto. Y dependiendo de la política del banco se debe tomar un seguro de vida. Es importante que la entidad te informe suficientemente bien el alcance de la cobertura y las consecuencias de no tomarlo.

"Existen seguros obligatorios cuando adquieres un crédito, sobre todo cuando son para vivienda. También los hay opcionales. En cualquiera de estos dos casos consulta con tus asesores de confianza para ahorrar dinero."

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También, al tomar un crédito, en el caso de financiamiento de vivienda, el banco debe ser preciso en establecer cuáles son los seguros necesarios que garanticen el pago total de la deuda. Los seguros obligatorios aparecen dentro de la normativa. Y estos son diferentes a los voluntarios, que se ofrecen por las entidades financieras para dar un cubrimiento mayor al pago de la deuda.

 

Saca provecho de la libertad de elección en seguros

 

Como te mencionamos en nuestro artículo sobre cómo ahorrar en tu seguro para crédito hipotecario, tú tienes libre elección en la contratación de seguros. Si bien es cierto que la obligatoriedad de contar con un seguro depende de las políticas del banco, debes tener en cuenta que la elección de la aseguradora y el intermediario en todos los casos está sujeta a tus preferencias.

Generalmente, los bancos tienen un proveedor ya contratado o convenios para presentarte una propuesta al requerir alguno de los seguros. Y es probable que su valor sea incluido dentro de las cuotas a pagar. Es frecuente, entonces, que los clientes consideren este valor como obligatorio en el pago.

Pero revisa con atención los detalles. No continúes con la contratación del seguro sin antes asegurarte de que tiene el precio y la cobertura que más te beneficia. Esto debido a que puede pasar que estos seguros tengan un costo más elevado que contratarlo con tu intermediario de seguros.

El régimen de protección a tomadores de seguros y asegurados del Estatuto Financiero en su artículo 100 determina la protección a la libertad de contratación. Esto quiere decir que los bancos que actúan como tomadores de seguros deben garantizar la libertad para los oferentes. Así, garantizar libertad de elección en seguros.

 

"Existen diferentes regulaciones que te protegen como consumidor frente a las entidades financieras. Antes de adquirir un crédito consulta y revisa tus opciones en seguros para que tengas la mejor experiencia."

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Ten en cuenta:

 

Es importante que tengas en cuenta, como determina el Decreto 673 de 2014, que el seguro que elijas debe cumplir con las condiciones que establece el banco. De lo contrario, podría ser rechazado y el banco deberá informarte las causales. Para esto siempre te recomendamos contar con nuestra asesoría como intermediarios. Incluso podrías llegar a ahorrar entre el 20% y el 60% en tus seguros en un año.

 

Tus opciones como consumidor

 

Además de la normativa que te explicamos anteriormente existen otras leyes que queremos mencionar que garantizan tu libertad de elección en seguros.

 

Protección de la libertad de contratación - Ley 45 de 1990 (artículo 78)

 

“La Superintendencia Bancaria protegerá la libertad de tomadores y asegurados para decidir la contratación de los seguros y escoger sin limitaciones la aseguradora y, en su caso, el intermediario, y aplicará las sanciones correspondientes cuando verifique conductas o prácticas que contraríen lo dispuesto en esta ley”.

 

Debida prestación del servicio y protección al consumidor - Ley 795 de 2003 (Artículo 24) numeral 4

 

“Las instituciones sometidas al control de la Superintendencia Bancaria, en cuanto desarrollan actividades de interés público, deberán emplear la debida diligencia en la prestación de los servicios a sus clientes a fin de que estos reciban la atención debida en el desarrollo de las relaciones contractuales que se establezcan con aquellas y, en general, en el desenvolvimiento normal de sus operaciones.

Igualmente, en la celebración de las operaciones propias de su objeto dichas instituciones deberán abstenerse de convenir cláusulas que por su carácter exorbitante puedan afectar el equilibrio del contrato o dar lugar a un abuso de posición dominante”.

 

Libertad de elección - Ley 1328 de 2009 Artículo 3°b

 

“Sin perjuicio de las disposiciones especiales que impongan el deber de suministrar determinado producto o servicio financiero, las entidades vigiladas y los consumidores financieros podrán escoger libremente a sus respectivas contrapartes en la celebración de los contratos mediante los cuales se instrumente el suministro de productos o la prestación de servicios que las primeras ofrezcan. La negativa en la prestación de servicios o en el ofrecimiento de productos deberá fundamentarse en causas objetivas y no podrá establecerse tratamiento diferente injustificado a los consumidores financieros”.

 

Endosar el seguro de un crédito

 

Por último, queremos contarte sobre una práctica que además de reducir las cuotas de tus deudas, también garantiza la libre elección en la contratación de seguros. Se trata de cambiar la póliza de tu crédito por una más económica. Nosotros como intermediarios de seguros podemos guiarte en este proceso.

El único requisito es que tu crédito sea de cuota fija como los préstamos de libre inversión, el leasing habitacional o crédito hipotecario, los préstamos para vehículo o moto y la libranza o de consumo.

Aunque los valores de ahorro dependen de qué seguro adquieras, puedes pagar entre el 20% y el 60% menos anual.

Infografía cómo bajar las cuotas de un crédito
 

Conclusión

 

Queremos que nuestros clientes siempre estén satisfechos. Por eso, te traemos las mejores estrategias: ahorrar y garantizar que tus derechos como consumidor se cumplan. No dejes pasar esta importante información y pide asesoría para que puedas ahorrar en la adquisición de tus seguros.

 

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